Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0589/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0589/2014

    Fecha: 21-Oct-2014

    Firmado

    Firmado:

    Magistrada Presidenta Dra. Maritza Suntura Juaniquina
    Magistrada Dra. Norka N. Mercado Guzmán
    Secretario de Sala Cristhian G. Miranda Dávalos
    SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
    • Por memorial presentado el 25 de septiembre de 2014, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado presentó recurso de apelación restringida (fs
    • c)Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista el 7 de agosto de 2014
    • Del memorial que cursa de fs. 242 a 245 vta., se extrae el siguiente motivo
    • Señala también que, en su declaración informativa y declaración de juicio oral, señaló como domicilio
    • Por otra parte, haciendo cita en parte de la sentencia de la Corte Interamericana de
    • Con esos argumentos solicita se anule obrados hasta que se le notifique de manera legal
    • El art
    • principio de igualdad, de forma que todo ciudadano tenga la certeza y seguridad que la
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • Para la resolución del presente caso, es importante puntualizar que de acuerdo a la regulación
    • En el caso presente, el Auto interlocutorio 9/2014 de 9 de septiembre, pronunciado por la
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Firmado

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca