Para la resolución del presente caso, es importante puntualizar que de acuerdo a la regulación
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
Para la resolución del presente caso, es importante puntualizar que de acuerdo a la regulación normativa del recurso de casación establecido en los arts. 416 al 420 del CPP, el Auto Supremo 397 de 23 de julio de 2004, señaló: "De conformidad con el art. 416 concordante con el art. 50 del Código de Procedimiento Penal, el recurso de casación es procedente para impugnar Autos de Vista dictados por las Cortes Superiores que resuelvan las apelaciones restringidas interpuestas contra las sentencias de primera instancia", entendimiento que fue reiterado en el Auto Supremo Nº 628 de 27 de noviembre de 2007, precisando que: "...el recurso de casación únicamente procede para impugnar autos de vista dictados por las cortes superiores en ejercicio de la competencia reconocida por el art. 51 inc. 2) del Código de Procedimiento Penal; es decir, en la sustanciación y resolución del recurso de apelación restringida que procede exclusivamente respecto a Sentencias emergentes de juicios sustanciados ante el tribunal de sentencia y juez de sentencia o como consecuencia de la aplicación del procedimiento abreviado por parte del juez de instrucción"
- Por memorial presentado el 25 de septiembre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado presentó recurso de apelación restringida (fs
- c)Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista el 7 de agosto de 2014
- Del memorial que cursa de fs. 242 a 245 vta., se extrae el siguiente motivo
- Señala también que, en su declaración informativa y declaración de juicio oral, señaló como domicilio
- Por otra parte, haciendo cita en parte de la sentencia de la Corte Interamericana de
- Con esos argumentos solicita se anule obrados hasta que se le notifique de manera legal
- El art
- principio de igualdad, de forma que todo ciudadano tenga la certeza y seguridad que la
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- Para la resolución del presente caso, es importante puntualizar que de acuerdo a la regulación
- En el caso presente, el Auto interlocutorio 9/2014 de 9 de septiembre, pronunciado por la
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
