Auto Supremo AS/0609/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0609/2014

Fecha: 27-Oct-2014

HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN

CONSIDERANDO II:
HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Denuncian errónea aplicación del art. 568 del Código Civil toda vez que el Juez A quo como el Ad quem no consideraron que Constancio Ibarra Cerezo ha incumplido con la entrega del vehículo, es decir que este no ha cumplido con la obligación de entregar la cosa vendida a favor del comprador y de esta manera surtan todos los efectos legales estipulados en el contrato.
Asimismo, respecto al Auto de Vista recurrido que confirmó la sentencia de primera instancia que en la parte resolutiva dispuso la devolución del vehículo al actor, manifiestan que al no habérseles entregado el vehículo no existe nada que devolver, razón por la cual considera que se aplicó incorrectamente el art. 568 del Código Civil, pues el mismo se basó sobre una cosa u objeto incierto