Regístrese, hágase saber y devuélvase
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación de fs. 469 a 471 interpuesto por Omar Gerardo Laura García.
Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Por memorial presentado el 2 de junio de 2014 cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)El 26 de mayo de 2014 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)Señala que el Tribunal de alzada, llegó a una conclusión inmotivada, respecto a la denuncia
- 3)Finalmente denuncia que el Tribunal de alzada efectuó una pésima valoración de la sentencia recurrida,
- El art
- derecho a la igualdad, de forma que todo ciudadano tenga la certeza y seguridad que
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso analizado, los antecedentes permiten concluir que el recurso de casación fue presentado
- En lo que respecta al cumplimiento de los demás requisitos, se evidencia que si bien
- defectuosa valoración de la prueba, sin que el Tribunal de apelación haya considerado estos extremos,
- De lo expuesto precedentemente, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
