El recurrente en el planteamiento del Recurso de Casación, si bien presentó su recurso dentro
El recurrente en el planteamiento del Recurso de Casación, si bien presentó su recurso dentro el plazo previsto por el art. 417 de la norma adjetiva penal, no cumplió con los requisitos previstos por los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, respecto a la invocación de precedentes contradictorios, por lo que el recurso de casación planteado no cumple con las exigencias formales establecidas por el legislador; toda vez, que se debe considerar, que para la aplicación de éstos, el recurrente debió realizar la fundamentación de su recurso en forma clara y precisa respecto de la contradicción existente entre el precedente contradictorio invocado y el Auto de Vista recurrido, cuál la norma vulnerada, cuál la que se debió aplicar y qué entendimiento es el correcto; que en el caso de autos no se cumplió
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fuera interpuesto en Autos,
- Que, ante esta Sentencia, Marco Antonio García Soleto de fs
- Notificadas que fueron las partes con el Auto de Vista, Marco Antonio García Soleto, mediante
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo, los
- 2.- Prescripción por duración máxima del proceso
- Petitorio.- Solicitó, la admisión del recurso y se considere los defectos absolutos denunciados
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados supra, determinarán la ineficacia del planteamiento, pues si bien,
- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- Continuando con el análisis de los datos procesales que informan esta causa, se tienen las
- El recurrente en el planteamiento del Recurso de Casación, si bien presentó su recurso dentro
- El recurso de casación, además de su función propia nomofiláctica y unificadora de doctrina, cumple
- Por otro lado, respecto a la denuncia de defectos absolutos, es preciso señalar que no
- Sin embargo de lo manifestado y de la verificación de antecedentes que hacen al legajo
- Con referencia a la solicitud de prescripción de la acción penal por duración máxima del
- Por lo señalado anteriormente, el Recurso de Casación resulta inadmisible, toda vez que el recurrente,
- POR TANTO
- Magistrada Relatora: María Lourdes Bustamante R.
