Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
CONSIDERANDO IV: (Cumplimiento de los requisitos formales)
Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para formular el Recurso de Casación, corre desde el día siguiente a la notificación con el Auto de Vista recurrido, en este caso verificadas las diligencias de notificación se tiene que el recurrente fue notificado con el Auto de Vista, el 3 de marzo de 2011, tal como consta a fs. 429, habiendo sido presentado el recurso de casación el 14 de Marzo de 2011, sin computarse los días 7 y 8 por feriado nacional (carnavales) y el día 12 de Marzo que hubo suspensión de actividades dispuesto por Presidencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, por lo que se establece, que el mismo fue presentado dentro del plazo previsto por el art. 417 del Código de Procedimiento Penal
Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para formular el Recurso de Casación, corre desde el día siguiente a la notificación con el Auto de Vista recurrido, en este caso verificadas las diligencias de notificación se tiene que el recurrente fue notificado con el Auto de Vista, el 3 de marzo de 2011, tal como consta a fs. 429, habiendo sido presentado el recurso de casación el 14 de Marzo de 2011, sin computarse los días 7 y 8 por feriado nacional (carnavales) y el día 12 de Marzo que hubo suspensión de actividades dispuesto por Presidencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, por lo que se establece, que el mismo fue presentado dentro del plazo previsto por el art. 417 del Código de Procedimiento Penal
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fuera interpuesto en Autos,
- Que, ante esta Sentencia, Marco Antonio García Soleto de fs
- Notificadas que fueron las partes con el Auto de Vista, Marco Antonio García Soleto, mediante
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo, los
- 2.- Prescripción por duración máxima del proceso
- Petitorio.- Solicitó, la admisión del recurso y se considere los defectos absolutos denunciados
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados supra, determinarán la ineficacia del planteamiento, pues si bien,
- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- Continuando con el análisis de los datos procesales que informan esta causa, se tienen las
- El recurrente en el planteamiento del Recurso de Casación, si bien presentó su recurso dentro
- El recurso de casación, además de su función propia nomofiláctica y unificadora de doctrina, cumple
- Por otro lado, respecto a la denuncia de defectos absolutos, es preciso señalar que no
- Sin embargo de lo manifestado y de la verificación de antecedentes que hacen al legajo
- Con referencia a la solicitud de prescripción de la acción penal por duración máxima del
- Por lo señalado anteriormente, el Recurso de Casación resulta inadmisible, toda vez que el recurrente,
- POR TANTO
- Magistrada Relatora: María Lourdes Bustamante R.
