La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación de fs. 278 a 286 vta., interpuesto por Donald Aguilera Balcazar; asimismo, en cumplimiento del segundo párrafo del art. 418 del CPP, dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas: el Auto de Vista 06 de 26 de febrero de 2014, que cursa de fs. 272 a 276 y el presente Auto Supremo
- Por memorial presentado el 28 de mayo de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por Donald Aguilera Balcazar y el Ministerio
- c)Notificado el recurrente con el aludido Auto de Vista el 21 de mayo de 2014
- De los argumentos expuestos por el recurrente se extraen el siguiente motivo
- El art
- en el caso particular de las Salas Penales, que ante la interposición del recurso de
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Conforme dispone el art
- resultando clara y precisa, permite que este Máximo Tribunal de Justicia, aperture su competencia para
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
