Por lo expresado no existen motivos que permitan acoger los motivos expuestos por el recurrente,
Por lo expresado no existen motivos que permitan acoger los motivos expuestos por el recurrente, y tratándose de aspecto de fondo referidos por el Recurso de Casación formulado, corresponde determinar la inadmisibilidad del mismo al no haberse establecido contradicción alguna en términos precisos entre el Auto de Vista recurrido y la doctrina vinculante enunciada
- Acusación
- Delito
- IANUS
- I.- DEL RECURSO DE CASACION
- 1
- II.- ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
- 4
- III.- VERIFICACIÓN DE LA EXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN CON EL PRECEDENTE INVOCADO EN EL RECURSO
- 5
- 6
- En el caso concreto el recurrente considera que el Auto de Vista recurrido y la
- Por lo expresado no existen motivos que permitan acoger los motivos expuestos por el recurrente,
- POR TANTO: La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
