Auto Supremo AS/0723/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0723/2014

Fecha: 17-Nov-2014

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5. DOCTRINA LEGAL APLICABLE ASUMIDA EN EL PRECEDENTE.- De la revisión y consideración de los precedentes contradictorios invocados por el recurrente, es preciso señalar, que el recurso planteado no cumple con las exigencias establecidas por el legislador, toda vez, que se debe considerar, que para la aplicación de éstos, él o los recurrentes deben realizar la fundamentación de sus recursos de forma clara y precisa respecto de la contradicción existente entre los precedentes contradictorios invocados y el Auto de Vista recurrido, cuál la norma vulnerada, cuál la que se debió aplicar y qué entendimiento es el correcto; no es suficiente señalar las normas supuestamente vulneradas y citar el precedente contradictorio y exponer los hechos que considere supuestamente ilegales, sino que se debe demostrar fehacientemente que existe un alcance contrario, de tal naturaleza que demuestre la vulneración de derechos y garantías constitucionales, aspecto que no fue cumplido por el recurrente, pues el no precisar y establecer de qué manera hubieran sido infringidos sus derechos, resulta exiguo