Contra el Auto de Vista Nº 329/2014, la codemandante Marcela Marie Maldonado representada legalmente por
Contra el Auto de Vista Nº 329/2014, la codemandante Marcela Marie Maldonado representada legalmente por Ana Ericka Lora Moscoso interpone recurso de casación en el fondo y en la forma con los argumentos de que el proceso de interdicción se hubiese tramitado por Juez incompetente teniendo en cuenta que la demanda de interdicción se interpondrá ante el Juez de Partido del domicilio del demandado, si el demandado se hallare internado, será el juez competente el del lugar de internamiento, debiendo el Juez de la causa inhibirse del conocimiento de la misma y derivar el proceso ante autoridad competente, asimismo que se hubiera tramitado un proceso de interdicción en Estados Unidos, remitiendo copias al Juez de la causa y que también se estaría tramitando la homologación de sentencia dictada en el extranjero, antecedentes que no tomó en cuenta el Juez A quo, acusando violación y omisión de las normas establecidas en los tratados internacionales, violación a la seguridad jurídica y debido proceso, de igual forma manifestó que hubiera error de hecho y de derecho en la valoración de la prueba para determinar la interdicción
- De la revisión de los datos que cursan en fotocopias legalizadas se llega a establecer
- En conocimiento de la Sentencia la codemandante Marcela Marie Maldonado, interpuso recurso de apelación recurso
- Contra el Auto de Vista Nº 329/2014, la codemandante Marcela Marie Maldonado representada legalmente por
- Contra esta determinación, Marcela Marie Maldonado representada legalmente por Ericka Lora Moscoso anuncia compulsa que
- Conforme con la previsión del artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, procede el recurso
- En este marco normativo, la competencia del Tribunal Supremo al momento de resolver la compulsa
- Establecidos los antecedentes se debe tomar en cuenta la naturaleza del proceso de interdicción que
- Por las razones expuestas la impugnación en casación es viable, toda vez que la resolución
- Regístrese, comuníquese y notifíquese.-
