Auto Supremo AS/0752/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0752/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos: 412 de 10 de octubre de 2006, que

Denuncia que, sobre los agravios planteados en su apelación restringida, el Tribunal de alzada se pronunció de manera inadecuada y somera, declarándolos sin lugar, vulnerando el debido proceso, el principio de legalidad y certeza de la resolución, siendo que en cuanto al primer agravio, relativo a la inobservancia de los arts. 360 y 329 del Código de Procedimiento Penal (CPP), el Tribunal de alzada se limitó a señalar que el error en el número distinto de reses consignados en la Sentencia, no incide en los hechos acusados; sin tomar en cuenta que la fundamentación de los hechos fue modificada en relación a la plasmada en la acusación fiscal; y, en relación al segundo agravio referido a la valoración defectuosa de la prueba, el Tribunal de apelación refirió que no puede valorar la prueba, declarando sin lugar el agravio con la mera afirmación que el Tribunal de Sentencia efectuó una valoración apegada a la lógica y experiencia por tratarse de testigos presenciales, fundamentación que considera insuficiente para desacreditar el agravio, dado que en su apelación arguyó que no se tomaron en cuenta la totalidad de las declaraciones y la contradicción de las mismas.
Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos: 412 de 10 de octubre de 2006, que estaría referido a la prohibición de revalorización de prueba por parte del Tribunal de alzada, 595 de 26 de noviembre de 2003, sobre la invocación de precedentes en apelación restringida, así como las Sentencias Constitucionales 1401/2003-R, 546/2004-R y 191/2005-R