De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a)Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 03/2012 de 1 de marzo (fs. 312 a 321 vta.), el Tribunal de Sentencia de Puerto Suárez del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Narciso Aquino Ortega, autor de la comisión de los delitos de Cohecho Pasivo Propio y Concusión, previstos en los arts. 145 y 151 del CP, siendo condenado a la pena de cuatro años de presidio, más mil días multa a razón de 2 bs. por día, más el pago de costas al Estado a calificarse en ejecución de Sentencia
- Por memorial presentado el 26 de septiembre de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)El 18 de septiembre de 2014 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En lo que respecta al cumplimiento de los otros requisitos de admisibilidad, el recurrente
- Empero, este Tribunal no puede soslayar que el recurrente al fundamentar el motivo de su
- Por lo expuesto, atenta la necesidad de precautelar las normas procesales, que son de orden
- Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas: el Auto de Vista impugnado
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
