Auto Supremo AS/0757/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0757/2014

Fecha: 19-Dic-2014

En lo que respecta al cumplimiento de los otros requisitos de admisibilidad, el recurrente


IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

En el caso de autos, se establece que el 18 de septiembre de 2014, el recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado y el 26 del mismo mes y año, formuló recurso de casación; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que le otorga la Ley, cumpliendo con el requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP. El 24 de septiembre fue feriado por el aniversario de Santa Cruz.

En lo que respecta al cumplimiento de los otros requisitos de admisibilidad, el recurrente en el recurso de casación, plantea el motivo descrito en el acápite II de la presente Resolución, limitándose a invocar la Sentencia Constitucional 00339/2012 de 18 de junio, que conforme el criterio uniforme de esta Sala no constituye precedente contradictorio. Esto implica, el incumplimiento de la carga procesal de explicar en forma clara y precisa, cuál la situación de hecho similar y principalmente cuál la contradicción entre algún precedente con relación a lo determinado en el Auto de Vista impugnado, conforme a la exigencia establecida en el art. 417 del CPP