ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo, de fs. 480 a 481 vlta., interpuesto por Josefa Arias Mamani contra el Auto de Vista Nº 138/2014 de 01 de agosto de 2014, de fs. 470 a 474, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro el proceso de declaración de derecho propietario por posesión de buena fe e indemnización por mantención, cuidado y mejoras seguido por Josefa Arias Mamani contra la Cooperativa Sindical de Confeccionistas de Oruro, la concesión del recurso de fs. 488, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
La Juez de Partido Cuarto en lo Civil y Comercial de la ciudad de Oruro, pronunció Sentencia Nº 52/2013 de 22 de abril de 2013, cursante de fs. 393 a 401, declarando improbadas las excepciones perentorias de incapacidad e impersonería del demandado, además de oscuridad, contradicción e imprecisión en la demanda reconvencional interpuesta por Josefa Arias Mamani. Declara improbada la demanda principal y probada en parte la demanda reconvencional de reivindicación, improbada respecto al pago de alquileres devengados, disponiendo la restitución de los ambientes que ocupa la actora
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
La Juez de Partido Cuarto en lo Civil y Comercial de la ciudad de Oruro, pronunció Sentencia Nº 52/2013 de 22 de abril de 2013, cursante de fs. 393 a 401, declarando improbadas las excepciones perentorias de incapacidad e impersonería del demandado, además de oscuridad, contradicción e imprecisión en la demanda reconvencional interpuesta por Josefa Arias Mamani. Declara improbada la demanda principal y probada en parte la demanda reconvencional de reivindicación, improbada respecto al pago de alquileres devengados, disponiendo la restitución de los ambientes que ocupa la actora
- ramas anexas de
- indemnización
- Distrito: Oruro
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Del recurso de casación en la forma
- Recurso de casación en el fondo
- Concluye solicitando que eleven obrados al Supremo Tribunal a objeto que case el Auto de
- CONSIDERANDO III
- Bajo lo manifestado, este Tribunal procede a otorgar respuesta del recurso en la forma bajo
- Al margen de lo manifestado el recurrente deberá comprender que el Tribunal de Alzada consideró
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
