Auto Supremo AS/0020/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0020/2014-RA

Fecha: 18-Feb-2014

Respecto al segundo precedente, en él se habría argumentado que la valoración de la prueba


Respecto al segundo precedente, en él se habría argumentado que la valoración de la prueba no fue analizada ni valorada conforme a los hechos que se suscitaron, habiendo subsumido erróneamente en una tipificación que no fue probada; y del Auto Supremo invocado se transcribe el siguiente texto: “La Corte Suprema de Justicia, intérprete de la legalidad cumple una función unificadora de la jurisprudencia establecida en materia penal, siendo de aplicación obligatoria la doctrina legal aplicable por los tribunales colegiados y unipersonales, lo contrario significaría ir en contra de los fines del Derecho Procesal Penal que tiene como objetivo una justicia equitativa” (sic); empero, no se advierte de ninguna manera, la exposición, y menos aún, la comparación del hecho similar que motivaron estos razonamientos, con la denuncia que se realiza sobre el Auto de Vista impugnado, y en consecuencia, el que se haya asignado un sentido jurídico distinto al supuesto de hecho que reclama, lo que, como se dijo anteriormente, es sustento esencial para la vigencia y aplicación de la doctrina legal aplicable en casos similares, tal como se entiende de las normas contenidas en los arts. 416 y 417 del CPP