De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a)En mérito a la querella formulada por Julieta Ticona Gutiérrez (fs. 2 a 3) y desarrollada la audiencia de juicio, por Sentencia de 5 de marzo de 2013 (fs. 134 a 138), leída íntegramente el 8 del mismo mes y año, el Juzgado Cuarto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Shirley Eugenia Herbas Veizaga, absuelta de la comisión de los delitos de Difamación y Calumnia, previstos y sancionados por los arts. 281 y 283 del CP, con costas averiguables en ejecución a favor de la imputada
- Por memorial presentado el 3 de diciembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial que cursa de fs. 172 a 175 vta., se extraen los siguientes motivos
- Continúa señalando que en la Resolución impugnada en el acápite II, se realiza una transcripción
- Finalmente, solicita se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado para que el Tribunal
- El art
- En este contexto, el art
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el presente caso, se evidenció que la parte recurrente cumplió con el primer requisito
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
