Auto Supremo AS/0040/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0040/2014

Fecha: 21-Feb-2014

En tal sentido, no siendo evidentes las acusaciones alegadas por la parte recurrente, debe darse

Por lo expuesto precedentemente, corresponde el pago de los derechos y beneficios sociales reclamados a favor del demandante, conforme acertadamente determinaron los de Instancia en base a una correcta y adecuada valoración de la prueba de acuerdo a lo previsto en los artículos 3. j) y 158 del Código Procesal del Trabajo.
En tal sentido, no siendo evidentes las acusaciones alegadas por la parte recurrente, debe darse aplicación a lo establecido por los artículos 271. 2) y 273, del Código de Procedimiento Civil, aplicables al caso de autos, por disposición de la norma remisiva contenida en el artículo 252 del Código Procesal del Trabajo