Por memorial presentado el 3 de enero de 2014, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 018/2014-RA
Sucre, 24 de marzo de 2014
Expediente: Tarija 1/2014
Parte acusadora: Ministerio Público
Parte imputada: Pablo Sanguino
Delito: Fabricación de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 3 de enero de 2014, cursante de fs. 166 a 167, Pablo Sanguino, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 19/2013 de 7 de junio, de fs. 135 a 137 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Fabricación de Sustancias Controladas previsto y sancionado por el art. 47 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 018/2014-RA
Sucre, 24 de marzo de 2014
Expediente: Tarija 1/2014
Parte acusadora: Ministerio Público
Parte imputada: Pablo Sanguino
Delito: Fabricación de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 3 de enero de 2014, cursante de fs. 166 a 167, Pablo Sanguino, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 19/2013 de 7 de junio, de fs. 135 a 137 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Fabricación de Sustancias Controladas previsto y sancionado por el art. 47 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
- Por memorial presentado el 3 de enero de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público presentó recurso de apelación restringida (fs
- c) Notificado el imputado con el referido Auto de Vista el 14 de junio de
- De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivos del mismo, los siguientes
- 2) Que el Auto de Vista impugnado carece de debida fundamentación, por limitarse a cuestionar
- Concluye, solicitando se dicte resolución determinando la doctrina legal aplicable dejando sin efecto el Auto
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En virtud al planteamiento de un incidente de nulidad de notificación con el Auto de
- Respecto al primer agravio, el recurrente cumplió con la carga procesal de señalar en términos
- En el segundo agravio denunciado por el recurrente, se establece que el procesado invocó como
- Por otro lado, no es exigible la invocación de precedentes contradictorios y la presentación de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
