Respecto al requisito de fondo, el recurrente denuncia que la decisión del Tribunal de alzada
Respecto al requisito de fondo, el recurrente denuncia que la decisión del Tribunal de alzada de anular la sentencia porque se habría vulnerado el principio de inmediación, al haberse recibido la prueba el Juez en suplencia legal, es incorrecta, toda vez que la designación del Juez Quinto de Sentencia derivó de un acto previsto por ley, consecuentemente los Vocales incurrieron en vulneración de los principios de la seguridad jurídica y el acceso a una justicia pronta y oportuna; sin embargo, el recurrente no invoca precedentes contradictorios respecto a su reclamo, por lo que tampoco explica en qué consiste la contradicción entre el Auto de Vista impugnado con algún precedente, incumpliendo lo dispuesto por el art. 417 del Código Procesal de la materia
- Por memorial presentado el 12 de febrero de 2104, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular (fs
- c) Notificado el acusador particular con el referido Auto de Vista el 6 de febrero
- Del memorial que cursa de fs. 908 a 910 vta., se extrae el siguiente motivo
- Argumenta además que, las causales de suplencia legal prevista por ley, es diferente a la
- Reclama también que, el Tribunal de apelación no señala, por qué la actuación de un
- Finalmente, solicitando se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado, invoca el Auto Supremo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el primer requisito
- Respecto al requisito de fondo, el recurrente denuncia que la decisión del Tribunal de alzada
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
