En la especie, la recurrente omitió distinguir la casación en el fondo, es decir, no
En la especie, la recurrente omitió distinguir la casación en el fondo, es decir, no precisó lo que pretende, habida cuenta que no especificó las causales de casación en el fondo, desglosadas en el numeral 1) del artículo 253 del Código de Procedimiento Civil, limitándose a anotar de manera genérica “RECURSO EXTRAORDINARIO DE CASACIÓN EN EL FONDO”, no otra cosa significa que sin esta distinción se solicite contradictoriamente se pronuncie “AUTO SUPREMO… CASANDO TOTALMENTE EL A.V. RECURRIDO” y se acuse normas estrictamente de naturaleza adjetiva procesal, constitucional, internacional y orgánica -a saber, “Arts. 90, 91, 327, 328, 333, 490 del Código de Procedimiento Civil, Art. 28 de la… (LEY DE ABREVIACIÓN PROCESAL CIVIL Y DE ASISTENCIA FAMILIAR), Arts. 6, 7 inc. h) y 34 de la Constitución Política del Estado abrogada… y Arts. 8 y 10 de la DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS. …Art. 1º numeral 9) de la Ley de Organización Judicial”- cuando supuestamente recurre en el fondo; es más, en una parte hace referencia confusa a “la Ley Nº 1178”, texto legal inexorablemente de naturaleza administrativa
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