A los fines de establecer la existencia de antecedentes a los que se refiere el
A los fines de establecer la existencia de antecedentes a los que se refiere el art. 440 del Código de Procedimiento Penal, se dispone que el Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, certifique a través de sus juzgados penales, la existencia de algún proceso penal en trámite que se hubiera instaurado contra JOSE DAVID VILLARROEL LAZARTE
- VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de detención preventiva con fines de extradición presentada por
- CONSIDERANDO: Que la Embajada de la República Argentina, adjuntando la documental de fs
- CONSIDERANDO: Que el Tratado de Derecho Penal Internacional suscrito en Montevideo en 1889 por las
- Que el art
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- La autoridad judicial comisionada o del lugar donde sea aprehendido, deberá INFORMAR en forma inmediata
- A los efectos de garantizar el debido proceso, se dispone notificar al detenido con copia
- A los fines de establecer la existencia de antecedentes a los que se refiere el
- Similar certificación deberá pedirse al Consejo de la Magistratura de Bolivia a efecto que a
- Comuníquese la presente resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos, para que haga conocer
- Regístrese, notifíquese, comuníquese y cúmplase
- Sala Plena
