Auto Supremo AS/0024/2014-R
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0024/2014-R

Fecha: 24-Abr-2014

CONSIDERANDO: Que con la finalidad de garantizar la seguridad jurídica y lograr el cumplimiento obligatorio

CONSIDERANDO: Que con la finalidad de garantizar la seguridad jurídica y lograr el cumplimiento obligatorio de las normas jurídicas de orden público, una vez presentado el recurso de revisión extraordinaria de sentencia, éste Tribunal observó el mismo en aplicación del articulo 333 del Código de Procedimiento Civil (CPC), que señala: “Cuando la demanda no se ajuste a las reglas establecidas podrá el juez ordenar de oficio se subsanen los defectos dentro del plazo prudencial que fije y bajo apercibimiento de que si no se subsanaren se la tendrá por no presentada”. Esta figura es una facultad de la autoridad jurisdiccional para garantizar la seguridad jurídica, que se presenta como efecto del incumplimiento de los presupuestos procesales en la presentación de la demanda, denominada en nuestra normativa jurídica como “demanda defectuosa"