POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, declara por NO PRESENTADO el recurso de Revisión Extraordinaria de Sentencia interpuesto por Serapio Filomeno Vino Mendoza, ordenándose la devolución de los antecedentes del recurso, debiendo quedarse en su lugar fotocopias legalizadas de la documentación presentada en original y consiguiente archivo de obrados
- PROCESO: Revisión
- De la Sentencia N° 326/2011 de fecha 21 de abril de 2011 emitido por
- VISTOS EN SALA PLENA: El recurso de revisión extraordinaria de la Sentencia N° 326/2011 de
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de los antecedentes del proceso, se colige que el recurso
- CONSIDERANDO: Que con la finalidad de garantizar la seguridad jurídica y lograr el cumplimiento obligatorio
- En el caso de autos, la demanda fue presentada omitiendo los presupuestos procesales establecidos en
- Con este antecedente, siendo atribución del juez o tribunal cuidar que el proceso se desarrolle
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- No suscriben los Magistrados Rita Susana Nava Duran, Norka Natalia Mercado Guzmán y Fidel Marcos
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Plena
