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Asimismo, en la parte final de su recurso, vuelve a insistir en esta misma problemática, añadiendo que, al evidenciarse esta causal de inimputabilidad, el Tribunal de alzada debió disponer el reenvío del juicio, en virtud del principio in dubio pro reo; al no haberlo hecho así, se le causó indefensión, vulnerando sus derechos de presunción de inocencia, debido proceso y seguridad jurídica, previstos por los arts. 109, 110, 115 y 116 de la CPE
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