De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) En mérito a la querella de Isabel Hinojosa Garnica (fs. 261 a 263) y acusación del Ministerio Público (fs. 71 a 75) y una vez desarrollada la audiencia de juicio oral, por Sentencia 11/2013 de 10 de octubre (fs. 544 a 567 vta.), el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró al imputado Edwin Carlos Mamani Paredes, autor del delito de asesinato, tipificado en el art. 252 incs. 1), 2) y 3) del CP, condenándolo a la pena de treinta años de presidio sin derecho a indulto.
b) La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por el imputado Edwin Carlos Mamani Paredes (fs. 582 a 590), recurso que fue resuelto por el Auto de Vista 04/2014 de 10 de febrero (fs. 631 a 634), que declaró improcedente el recurso de apelación restringida, confirmando la Sentencia apelada.
c) Notificado el ahora recurrente Edwin Carlos Mamani Paredes con el referido Auto de Vista, el 26 de febrero de 2014 (fs. 635), interpuso recurso de casación que es objeto de análisis de admisibilidad, el 7 de marzo del mismo año
- Por memorial de 7 de marzo de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extrae los siguientes motivos
- Asimismo, en la parte final de su recurso, vuelve a insistir en esta misma problemática,
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- Respecto al primer agravio, el recurrente denuncia que denunció en apelación restringida, la aplicación indebida
- Con relación al segundo agravio, el recurrente en lo medular de su argumento, denuncia falta
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
