En el caso, el recurso fue interpuesto dentro del plazo previsto por la normativa penal,
V. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso, el recurso fue interpuesto dentro del plazo previsto por la normativa penal, habida cuenta que los recurrentes fueron notificados el 14 de febrero de 2014, con el Auto de complementación interponiendo el recurso de casación que es motivo de autos el 21 del mismo mes y año; es decir, dentro del plazo de los cinco días (hábiles) que otorga la Ley
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Aseveran que, ante la declaratoria de improcedencia del recurso de alzada y la oscuridad de
- Concluyendo su exposición, acusaron la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa,
- Concluyeron solicitando la admisión de su recurso; se deje sin efecto el Auto impugnado y
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- En el caso, el recurso fue interpuesto dentro del plazo previsto por la normativa penal,
- Respecto al primer motivo, en el que se alega la actuación sin competencia del Vocal
- Con relación al segundo motivo, en el que se denuncia falta de pronunciamiento del
- Ahora bien, a pesar de que los recurrentes no adecuaron su recurso a los requisitos
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
