Auto Supremo AS/0089/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0089/2014-RA

Fecha: 09-Abr-2014

Respecto al segundo agravio, traducido en el pronunciamiento incoherente y ultra petita en el que


Respecto al segundo agravio, traducido en el pronunciamiento incoherente y ultra petita en el que presuntamente incurrió el Tribunal de alzada, debido a que al haber reconocido que la causal deducida por el acusado para solicitar la suspensión del juicio oral, no se encontraba prevista en el art. 335 del CPP, correspondía declarar la improcedencia de la cuestión planteada y no anular la Sentencia, asimismo arguye que el Ad Quem estableció el procedimiento para la resolución de incidentes, sin que este extremo haya sido recurrido en apelación restringida; a este efecto invoca el Auto Supremo 174/2013 de 19 de junio, realizando una transcripción de la primera parte de su contenido (referido a la denuncias expuestas por el entonces recurrente), descripción que no constituye precedente. Desatino en la invocación de la doctrina legal aplicable, que derivó en la omisión del recurrente de explicar correctamente, cuál la contradicción existente entre el Auto de Vista recurrido y el Auto Supremo simplemente enunciado; en consecuencia, al no tener certeza de la labor de contraste que debe realizar esta máxima instancia de justicia ordinaria, se concluye en el incumplimiento del presupuesto de fondo exigido por el art. 417 del CPP