Auto Supremo AS/0090/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0090/2014-RA

Fecha: 09-Abr-2014

Del análisis del memorial de casación, se advierte que el recurrente en la mayor parte


Del análisis del memorial de casación, se advierte que el recurrente en la mayor parte de su recurso se limitó a hacer una amplia relación de los hechos y objetar la Sentencia, olvidando que el recurso de casación procede únicamente contra Autos de Vista, no contra Sentencias, y no se encuentra facultado para dilucidar los hechos objeto del litigio; en ese entendido y en relación al único agravio atribuido al Tribunal de alzada, relativo a la falta de pronunciamiento sobre la legalidad e ilegalidad de los informes policiales y el dictamen pericial generado por el acta de micro aspirado, que fueron las únicas pruebas incriminatorias para condenarlo, para lo cual no invocó precedente contradictorio alguno; en consecuencia, no cumplió con su obligación de proveer antecedentes imprescindibles que hagan viable la admisión del recurso, en claro incumplimiento de la segunda parte del art. 417 del CPP, dirigiéndose esencialmente su recurso a observar la Sentencia, la valoración de la prueba realizada por el A quo y el desarrollo de la audiencia de juicio oral, denuncias que necesariamente debieron ser parte del recurso de alzada, para que ante un pronunciamiento contrario a la jurisprudencia o una incorrecta interpretación de la Ley, se habilite el recurso de casación; correspondiendo, ante la comprobación de dichas denuncias, dejar sin efecto el Auto de Vista impugnado, por lo que consentir la admisión del recurso en la forma en que fue argumentado, bajo ninguna circunstancia tendría como resultado dejar sin efecto el Auto de Vista como pretende el impetrante, pues la simple mención de la existencia de defecto absoluto, no implica que el Tribunal de casación se encuentre legalmente habilitado para dejar sin efecto una Resolución sobre la cual no pesa ninguna denuncia