SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Firmado
Magistrada Presidenta Dra. Maritza Suntura Juaniquina
Magistrada Dra. Norka N. Mercado Guzmán
Secretario de Sala Cristhian G. Miranda Dávalos
SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
- Por memorial presentado el 6 de marzo de 2014, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia presentaron recurso de apelación restringida, por una parte el imputado
- De la revisión del recurso de casación y adhesión, se extrae como motivos de los
- II.2. Adhesión del Ministerio Público
- Notificado el representante del Ministerio Público con el recurso de casación y providencia de fs
- Aduce violación de la Constitución Política del Estado, de Convenios y Tratados Internacionales, de leyes
- Señala también, violación del debido proceso y defectos absolutos insubsanables, señala como precedente contradictorio el
- Concluye solicitando: “se conceda LA ADHESIÓN AL RECURSO DE CASACION interpuesto para ante la Sala
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, el recurso fue interpuesto dentro del plazo previsto por la
- Respecto a la supuesta violación de la Constitución Política del Estado, de Tratados y Convenios
- Con relación a la adhesión al recurso de casación de los acusadores, que formuló el
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
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