Auto Supremo AS/0118/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0118/2014-RA

Fecha: 17-Abr-2014

En consecuencia, se tiene que la parte recurrente incorpora en su planteamiento, aún de manera


En consecuencia, se tiene que la parte recurrente incorpora en su planteamiento, aún de manera escueta, elementos suficientes que permiten a este Tribunal desarrollar la labor de contraste que la ley le asigna, más cuando el representante del Ministerio Público invocó dichos precedentes al formular su recurso de apelación restringida en observancia de las disposiciones contenidas en el párrafo segundo del art. 416 del CPP. Labor de contraste que sin embargo no abarcará el resto de los Autos Supremos detallados en el acápite II.3. inc. 1) del presente fallo, al constatarse que el recurrente se limitó a la glosa parcial de su contenido sin identificar la eventual contradicción existente con el Auto de Vista impugnado