Auto Supremo AS/0118/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0118/2014-RA

Fecha: 17-Abr-2014

En cuanto al segundo motivo, será analizado en el acápite IV.4 de la presente Resolución


El primer motivo alegado está relacionado a la denuncia de vulneración del debido proceso y de la tutela judicial efectiva, en su elemento constitutivo de la fundamentación consagrada en el art. 115 de la CPE, así como errónea aplicación de la ley sustantiva en referencia a la aplicación de los arts. 37 y 38 del CP; argumentos sobre los cuales el recurrente invocó los Autos Supremos 50 de 27 de enero de 2007, 064 de 19 de abril de 2012 y 122 de 24 de abril de 2006, respecto a los cuales, se evidencia que el recurrente realizó una breve explicación de la presunta contradicción existente entre los precedentes invocados y el Auto de Vista ahora impugnado, expresando que ésta se produjo en el hecho de que el Tribunal de apelación, no realizó un análisis integral de todos los antecedentes y hechos probados en juicio, omitió explicar cuáles son los aspectos, circunstancias y razonamientos que dieron lugar al quantum de la pena, pues no está justificado razonablemente, se limitó a hacer una relación de hechos, olvidando la fundamentación legal; consecuentemente, corresponde verificar en el fondo la existencia o no de las contradicciones denunciadas respecto a los precedentes invocados y con ello se vulneraron las garantías constitucionales al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, en su elemento constitutivo de la fundamentación consagrada en el art. 115 de la CPE; dejando constancia que las Sentencias Constitucionales citadas, no constituyen precedente contradictorio, conforme lo establece el art. 416 del CPP.

En cuanto al segundo motivo, será analizado en el acápite IV.4 de la presente Resolución