Auto Supremo AS/0171/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0171/2014

Fecha: 24-Abr-2014

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2.- Que, los Jueces de turno, tanto el A quo como el Tribunal de Alzada no han interpretado correctamente la cuestión de la duplicidad de procesos existentes demandados por una misma persona, manifestando que existe diferencias abismales entre ambos procesos, señalando que el A quo a tiempo de conocer el incidente de nulidad no se percató de la lectura de los fundamentos de hecho y de derecho formulados por su parte en vez de glosar esta solicitud de nulidad al primer proceso lo hicieron al segundo y que su persona habría desconocido la existencia de ese segundo proceso hasta entonces