Por memorial presentado el 25 de marzo de 2014, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 127/2014-RA
Sucre, 02 de mayo de 2014
Expediente : Oruro 9/2014
Parte Acusadora : Carla Jimena Aranda Siles
Parte Imputada : Marina Miranda Choque
Delitos : Calumnia e Injuria
RESULTANDO
Por memorial presentado el 25 de marzo de 2014, cursante de fs. 84 a 86, Marina Miranda Choque interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 02/2014 de 20 de febrero, a fs. 74 y vta., complementado con Auto de 14 de marzo de 2014, a fs. 76 vta., pronunciados por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro en el proceso penal seguido por Carla Jimena Aranda Siles contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Calumnia e Injuria, tipificados por los arts. 283 y 287 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 127/2014-RA
Sucre, 02 de mayo de 2014
Expediente : Oruro 9/2014
Parte Acusadora : Carla Jimena Aranda Siles
Parte Imputada : Marina Miranda Choque
Delitos : Calumnia e Injuria
RESULTANDO
Por memorial presentado el 25 de marzo de 2014, cursante de fs. 84 a 86, Marina Miranda Choque interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 02/2014 de 20 de febrero, a fs. 74 y vta., complementado con Auto de 14 de marzo de 2014, a fs. 76 vta., pronunciados por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro en el proceso penal seguido por Carla Jimena Aranda Siles contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Calumnia e Injuria, tipificados por los arts. 283 y 287 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 25 de marzo de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Concluyó su argumentación, solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia declare procedente el recurso y
- En ese contexto el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- iii) Como única prueba admisible, debe acompañarse copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
