Ahora bien, sobre estos puntos de apelación argumenta que, el Auto de Vista impugnado, no
Ahora bien, sobre estos puntos de apelación argumenta que, el Auto de Vista impugnado, no se pronunció sobre cada uno de ellos en ninguno de sus considerandos, lo cual constituye defecto absoluto, según señala, y que contradice la doctrina legal contenida en los Autos Supremos 657/2007 de 15 de diciembre y 49/2012 de 16 de marzo, que abordan la problemática referida al deber de resolver todos los motivos contenidos en la apelación restringida
- Por memorial presentado el 6 de marzo de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Ruddy Salinas Rueda, interpuso recurso de apelación restringida
- c) Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista, el 25 de febrero de
- Del memorial que contiene el recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Como segundo agravio identificado, el recurrente expresa que, en el memorial de apelación restringida
- Ahora bien, sobre estos puntos de apelación argumenta que, el Auto de Vista impugnado, no
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constató que el recurrente observó el plazo para la
- Sobre el requisito de fondo, en el primer agravio planteado por el recurrente sobre su
- ii) En cuanto se refiere a la segunda temática de este motivo, relativo a la
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
