Auto Supremo AS/0151/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0151/2014-RA

Fecha: 02-May-2014

Regístrese, hágase saber y cúmplase


Respecto al segundo motivo, detallado debidamente en el acápite II inc. 2) de la presente Resolución, referida a la denuncia de incongruencia omisiva en que hubiera incurrido el Tribunal de alzada sobre los puntos de apelación restringida plenamente identificados y desglosados por el recurrente; corresponde señalar que, el recurrente cumplió con precisar los hechos que considera le causan agravio, para ello detalló los antecedentes y fundamentos de los aspectos que hubiera expresado en apelación restringida, respecto a los cuales el Tribunal de alzada no se hubiera pronunciado, realizando al efecto la fundamentación suficiente, además que cumplió con invocar los Autos Supremos 657/2007 de 15 de diciembre y 49/2012 de 16 de marzo, como precedentes que considera resultan contradictorios con relación a la forma de resolución del Auto de Vista ahora impugnado, razón por la que corresponde declarar la admisibilidad también de este motivo del recurso de casación, para su resolución de fondo.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación, interpuesto por Ruddy Salinas Rueda, únicamente en relación a la segunda parte del primer motivo, identificado en el inc. II.1.ii; así, como el segundo motivo de la presente Resolución; asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas, el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo.

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