Auto Supremo AS/0151/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0151/2014-RA

Fecha: 02-May-2014

ii) En cuanto se refiere a la segunda temática de este motivo, relativo a la


ii) En cuanto se refiere a la segunda temática de este motivo, relativo a la denuncia de que el Tribunal de alzada incumplió la doctrina legal establecida en el Auto Supremo 661/2007 de 15 de diciembre, pues no resolvió con prioridad la extinción de la acción penal en una resolución separada, para luego recién ingresar a conocer y resolver las impugnaciones del recurso de apelación restringida; sobre este punto del agravio es pertinente dejar establecido que, como se tiene dicho, si bien este Tribunal no puede ingresar a analizar el fondo de lo resuelto por el Tribunal de alzada; empero, no debe perderse de vista que, el recurrente reclama además, el incumplimiento, en cuanto a su tramitación, de doctrinal legal aplicable sentada por este Tribunal, señalando además que, el actuar de manera contraria, como lo hizo el Ad quem, constituye defecto absoluto, por lo que, habiendo el imputado fundamentado debidamente este agravio, además de cumplir con invocar el precedente que considera contradictorio; corresponde declarar la admisibilidad de este motivo para su resolución de fondo, al haberse observado los requisitos previstos por los arts. 416 y 417 del CPP