b) Contra la mencionada Sentencia Miguel Escobar Caram, presentó recurso de apelación restringida (fs
b) Contra la mencionada Sentencia Miguel Escobar Caram, presentó recurso de apelación restringida (fs. 157 a 170 vta.), resuelto por Auto de Vista 141 de 18 de octubre de 2013, que declaró admisible e improcedente la apelación restringida (fs. 199 a 203 vta.), Resolución complementada con Auto 44 de 11 de febrero de 2014, dictados por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz
- Por memorial presentado el 2 de abril de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia Miguel Escobar Caram, presentó recurso de apelación restringida (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivos del mismo los siguientes
- Señaló que contradictoriamente y a pesar que los cheques fueron exigidos y entregados para asegurar
- Concluye, indicando que una vez admitido el recurso interpuesto, se deje sin efecto el
- En ese contexto el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- iii) Como única prueba admisible, debe acompañarse copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, el recurso fue interpuesto dentro del plazo previsto por la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
