En el caso de autos, el recurso fue interpuesto dentro del plazo previsto por la
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos, el recurso fue interpuesto dentro del plazo previsto por la normativa penal, habida cuenta que el recurrente fue notificado el 31 de marzo de 2014, con el Auto Complementario de 11 de febrero de 2014 y que interpuso el recurso de casación que es motivo de autos, el 2 de abril del mismo año como se evidencia en el timbre electrónico; es decir, dentro del plazo de los cinco días (hábiles) que le otorga la Ley
- Por memorial presentado el 2 de abril de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia Miguel Escobar Caram, presentó recurso de apelación restringida (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivos del mismo los siguientes
- Señaló que contradictoriamente y a pesar que los cheques fueron exigidos y entregados para asegurar
- Concluye, indicando que una vez admitido el recurso interpuesto, se deje sin efecto el
- En ese contexto el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- iii) Como única prueba admisible, debe acompañarse copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, el recurso fue interpuesto dentro del plazo previsto por la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
