Auto Supremo AS/0177/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0177/2014-RA

Fecha: 13-May-2014

1) Mediante Sentencia 13/2012 de 17 de julio (fs

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 177/2014-RA
Sucre, 13 de mayo de 2014

Expediente: La Paz 47/2014
Parte acusadora: Denny Rosario Rivera Tapia
Parte imputada: Carolina Nemtala Kairala
Delitos: Difamación y otros

RESULTANDO

Por memorial presentado el 8 de abril de 2014, Carolina Nemtala Kairala interpuso recurso de casación impugnando el Auto de Vista 18/2014 de 18 de marzo, cursante de fs. 359 a 364 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el proceso penal seguido por Denny Rosario Rivera Tapia contra la recurrente por la presunta comisión de los delitos de Difamación, Calumnia e Injuria previstos por los arts. 282, 283 y 287 del Código Penal (CP).

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

1) Mediante Sentencia 13/2012 de 17 de julio (fs. 212 a 216) el Juzgado Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a la imputada Carolina Nemtala Kairala autora y culpable de la comisión del delito de Injuria, sancionado en el art. 287 del CP, condenándola a prestar trabajo por el tiempo de ocho meses en la Oficina de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del Macro Distrito Max Paredes de esa ciudad, más multa de sesenta días a razón de Bs. 10.- (diez bolivianos) por día, con costas y daños a calificar en ejecución de sentencia y la absolvió de los delitos de Difamación y Calumnia previstos en los arts. 282 y 283 del CP y 363 inc. 2) del Código de Procedimiento Penal (CPP) por prueba insuficiente, sin costas por ser excusable