4) Cumpliendo lo dispuesto, la Sala Penal Tercera del Distrito Judicial de La Paz, pronunció
4) Cumpliendo lo dispuesto, la Sala Penal Tercera del Distrito Judicial de La Paz, pronunció el Auto de Vista de 18/2014 de marzo, con el que la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, rechazó el recurso de apelación restringida interpuestopor considerar que se había incumplido con los requisitos de admisibilidad del recurso de apelación restringida y consecuentemente, confirmó la Resolución 13/2013 de 17 de julio, emitida por el Juez Tercero de Sentencia del citado Tribunal Departamental de Justicia
- 1) Mediante Sentencia 13/2012 de 17 de julio (fs
- 3) La parte acusadora Denny Rosario Rivera Tapia, con memorial presentado el 6 de marzo
- 4) Cumpliendo lo dispuesto, la Sala Penal Tercera del Distrito Judicial de La Paz, pronunció
- El art
- En ese contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- En los casos de denuncia de defectos absolutos originados en la falta de debida fundamentación
- Denuncia respecto a la valoración de la prueba
- En cuanto concierne al cumplimiento del plazo de presentación del recurso, los antecedentes informan queel
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
