Así, ingresando al análisis del cumplimiento de los requisitos que hacen viable el recurso de
Así, ingresando al análisis del cumplimiento de los requisitos que hacen viable el recurso de casación en el caso concreto, encontramos que, conforme consta a fs. 721 de obrados, el recurrente Erlan Medina Rojas, fue notificado con el Auto de Vista impugnado el 27 de febrero de 2014, por lo que, el plazo de cinco días para interponer su recurso comenzó a correr a partir del día siguiente de practicada la referida diligencia (28 de febrero de 2014) finalizando, conforme al art. 130 del CPP, a las 24 horas del último día hábil, es decir, el 10 de marzo de 2014, en virtud a la disposición contenida en el art. 123.I de la Ley del Órgano Judicial, que prevé que, son días hábiles de la semana para las labores judiciales de lunes a viernes, excluyendo del referido cómputo, los días lunes y martes de carnaval (3 y 4 de marzo) al ser declarados feriado nacional; empero, el recurrente Erlan Medina Rojas, conforme consta en el cargo de fs. 722, presentó el recurso de casación el 12 de marzo de 2014, es decir, al séptimo día de haber sido notificado con la resolución impugnada, desconociendo el plazo establecido por el art. 417 del CPP
- Por memorial presentado el 12 de marzo de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificadas las partes con el referido Auto de Vista, se interpuso el recurso de
- Del memorial que cursa de fs. 722 a 726, se extraen los siguientes argumentos
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El Tribunal Supremo de Justicia, en cumplimiento de la primera parte del art
- Así, ingresando al análisis del cumplimiento de los requisitos que hacen viable el recurso de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
