De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente:
a) Como consecuencia de la acusación pública (fs. 386 a 388), a denuncia de Fabiola Vaca Pereira Antelo (fs. 1), y una vez desarrollada la audiencia de juicio oral, el Tribunal Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, pronunció la Sentencia 09/2012 de 30 de julio, cursante de fs. 676 a 680, mediante la cual declaró al imputado Erlan Medina Rojas, autor y culpable de la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el art. 332 inc. 1) del CP, imponiéndole la pena privativa de libertad de cinco años y seis meses de reclusión, y al pago de trescientos días multa a razón de dos bolivianos por día, más costas a calificarse en ejecución de sentencia.
b) Contra la citada Sentencia, tanto el imputado (fs. 692 a 700), como el representante del Ministerio Público (fs. 701 a 702), interpusieron recursos de apelación restringida, y, remitido el proceso ante el Ad quem, ese Tribunal emitió el Auto de Vista 243, mediante el cual declaró admisibles e improcedentes ambos recursos de apelación restringida, consiguientemente confirmó la Sentencia recurrida
- Por memorial presentado el 12 de marzo de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificadas las partes con el referido Auto de Vista, se interpuso el recurso de
- Del memorial que cursa de fs. 722 a 726, se extraen los siguientes argumentos
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El Tribunal Supremo de Justicia, en cumplimiento de la primera parte del art
- Así, ingresando al análisis del cumplimiento de los requisitos que hacen viable el recurso de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
