En el segundo motivo, el recurrente acusa pérdida de competencia del Tribunal ad quem, porque
Respecto a los demás requisitos se observa que, el recurrente en el primer motivo, acusa falta de fundamentación y violación del art. 124 del CPP, además de los principios al debido proceso y tutela judicial efectiva, citando como jurisprudencia el Auto Supremo 5 de 26 de enero de 2007; se observa que el recurrente no señala la similitud fáctica y la contradicción entre la Resolución recurrida de casación y el precedente invocado como jurisprudencia, incurriendo en una omisión que no puede ser suplida por este Tribunal y que determina la imposibilidad de admitir el argumento planteado.
En el segundo motivo, el recurrente acusa pérdida de competencia del Tribunal ad quem, porque pronunció la resolución dentro los 20 días determinados por el art. 411 del CPP. Citó el Auto Supremo 344 de 17 de septiembre de 2002, jurisprudencia que habría dejado sin efecto una resolución por no haberla dictado en los plazos establecidos por ley; sin embargo, el recurrente debe tener presente que a partir de la doctrina legal contenida en los Autos Supremos 110 de 31 de marzo de 2005, 240 de 12 de marzo de 2009, 259 de 6 de mayo de 2011, confirmada por Auto Supremo 019/2013-RA de 7 de febrero, en materia penal, el incumplimiento de plazos no acarrea la perdida de competencia, menos la nulidad de lo actuado, sino implica retardación de justicia que amerita la responsabilidad administrativa o penal de los funcionarios negligentes; por ello este motivo resulta inatendible en casación
- Por memorial presentado el 7 de abril de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- 3) Notificado el imputado con el Auto de Vista, el 31 de marzo de 2014
- De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivos del mismo, los siguientes
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso, los antecedentes permiten concluir que el recurrente observó el plazo previsto por
- En el segundo motivo, el recurrente acusa pérdida de competencia del Tribunal ad quem, porque
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
