En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes se tiene que, el recurso
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes se tiene que, el recurso de casación fue presentado dentro del plazo de cinco días y ante la Sala que lo dictó, ya que, el recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado, el 8 de abril de 2014, presentando su recurso el 16 del mismo mes y año (Tomando en cuenta que el 15 de abril fue aniversario del Departamento de Tarija), cumpliendo de esta manera con el art. 417 del CPP; ahora bien, luego del análisis correspondiente en el acápite II de la presente Resolución, se consignó el argumento expuesto por el recurrente, respecto a los cuales corresponde verificar el cumplimiento del requisito llamado de fondo; es decir, la cita del precedente contradictorio y la explicación, en términos claros y precisos, de la posible contradicción, puesto que es obligación de las partes dentro del presente recurso, cumplir con las exigencias establecidas en los arts. 416 y 417 del CPP, a objeto de obtener de este Tribunal, un pronunciamiento sobre el fondo de las cuestiones planteadas
- Por memorial presentado el 16 de abril de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial que cursa de fs. 118 a 119, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes se tiene que, el recurso
- En el único motivo planteado por el recurrente se denuncia que, el Tribunal de alzada
- En conclusión se establece que, el recurso de casación deducido, no cumple con los requisitos
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
