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    Auto Supremo AS/0200/2014-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0200/2014-RA

    Fecha: 22-May-2014

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memoriales presentados el 18 y 21 de marzo de 2014, cursantes de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • c)Notificados los recurrentes contra el referido Auto de Vista el 10 y 11 de marzo
    • De la revisión de los recursos de casación, se extrae como motivos de los mismos,
    • a)La violación del art
    • c)La violación del art
    • d)Vulneración del art
    • Concluye pidiendo se admita su recurso, se revoque el Auto recurrido y se decrete su
    • II.2. Recurso de Casación de Luis Alberto Fernández Portillo
    • El recurrente señala que el Auto de Vista impugnado, carece de fundamentación y razonamiento, ya
    • Invoca como precedente contradictorio el Auto de Vista 01 de 4 de enero de 2006
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
    • También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
    • Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
    • Denuncia respecto a la valoración de la prueba
    • Ante la formulación de los recursos de casación por parte del imputado y querellante, corresponde
    • Se advierte que el recurso fue interpuesto dentro del plazo legal, habida cuenta que el
    • Respecto a los demás requisitos se observa que, el recurrente establece una apreciación en sentido
    • V.2 Del recurso de casación de Luis Alberto Fernández Portillo
    • Inicialmente en el presente recurso, corresponde hacer un control previo en cuanto a la verificación
    • Consiguientemente, no corresponde que este Tribunal abra su competencia para conocer el fondo del mismo,
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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