Por memoriales presentados el 18 y 21 de marzo de 2014, cursantes de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 200/2014-RA
Sucre, 22 de mayo de 2014
Expediente: Beni 4/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otro
Parte imputada: Hugo Carlos Toullier Chávez
Delito: Lesiones Gravísimas
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 18 y 21 de marzo de 2014, cursantes de fs. 325 a 328 y de fs. 399 a 400, Hugo Carlos Toullier Chávez y Luis Alberto Fernández Portillo, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 040/2013 de 15 de noviembre, de fs. 320 a 323 vta., pronunciado por la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Luis Alberto Fernández Portillo contra Hugo Carlos Toullier Chávez, por el delito de Lesiones Gravísimas, previsto y sancionado por el art. 270 inc. 4) en relación al art. 8 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 200/2014-RA
Sucre, 22 de mayo de 2014
Expediente: Beni 4/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otro
Parte imputada: Hugo Carlos Toullier Chávez
Delito: Lesiones Gravísimas
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 18 y 21 de marzo de 2014, cursantes de fs. 325 a 328 y de fs. 399 a 400, Hugo Carlos Toullier Chávez y Luis Alberto Fernández Portillo, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 040/2013 de 15 de noviembre, de fs. 320 a 323 vta., pronunciado por la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Luis Alberto Fernández Portillo contra Hugo Carlos Toullier Chávez, por el delito de Lesiones Gravísimas, previsto y sancionado por el art. 270 inc. 4) en relación al art. 8 del Código Penal (CP)
- Por memoriales presentados el 18 y 21 de marzo de 2014, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Notificados los recurrentes contra el referido Auto de Vista el 10 y 11 de marzo
- De la revisión de los recursos de casación, se extrae como motivos de los mismos,
- a)La violación del art
- c)La violación del art
- d)Vulneración del art
- Concluye pidiendo se admita su recurso, se revoque el Auto recurrido y se decrete su
- II.2. Recurso de Casación de Luis Alberto Fernández Portillo
- El recurrente señala que el Auto de Vista impugnado, carece de fundamentación y razonamiento, ya
- Invoca como precedente contradictorio el Auto de Vista 01 de 4 de enero de 2006
- El art
- En este contexto, el art
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- Denuncia respecto a la valoración de la prueba
- Ante la formulación de los recursos de casación por parte del imputado y querellante, corresponde
- Se advierte que el recurso fue interpuesto dentro del plazo legal, habida cuenta que el
- Respecto a los demás requisitos se observa que, el recurrente establece una apreciación en sentido
- V.2 Del recurso de casación de Luis Alberto Fernández Portillo
- Inicialmente en el presente recurso, corresponde hacer un control previo en cuanto a la verificación
- Consiguientemente, no corresponde que este Tribunal abra su competencia para conocer el fondo del mismo,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
