Del memorial que cursa de fs. 342 a 345 vta., se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial que cursa de fs. 342 a 345 vta., se extraen los siguientes motivos:
1) Como primer agravio los recurrentes denuncian vulneración a la norma sustantiva; refieren que, en su apelación restringida, con la transcripción parcial de la Sentencia (Lo que también hacen en casación), denunciaron vulneración a la norma sustantiva, pues consideran que no se ha subsumido correctamente su conducta a lo establecido por el art. 346 del CP, tipo penal que -señalan- se puede definir gramaticalmente como “…el mal uso que hace una persona de la confianza dispensada” (sic); en consecuencia, no los puede condenar si no abusaron de la confianza de nadie, más aún, si acreditaron que nunca vendieron sus terrenos a Juana Yolanda Solíz Herrera, que no ingresaron al inmueble de los querellantes, menos perturbado el ingreso a él; aspectos que no fueron valorados por la Jueza ni por la Sala Penal Primera, limitándose a confirmar la Sentencia, en contra de su intereses
- Por memorial presentado el 4 de abril de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) La referida Sentencia, fue objeto de apelación restringida por los imputados Sabino Condori Carvajal
- c) Notificados ambos recurrentes con el Auto de Vista impugnado y su Auto complementario, interpusieron
- Del memorial que cursa de fs. 342 a 345 vta., se extraen los siguientes motivos
- 2) Por otra parte, denuncian vulneración de la norma adjetiva señalando que, existió defectuosa valoración
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Así, ingresando al análisis del cumplimiento de los requisitos que hacen viable el recurso de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
