Auto Supremo AS/0269/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0269/2014-RA

Fecha: 26-Jun-2014

No obstante lo señalado, no puede dejar de considerarse que, el recurrente, al denunciar


No obstante lo señalado, no puede dejar de considerarse que, el recurrente, al denunciar la vulneración del derecho fundamental del debido proceso e invocando el Auto Supremo 401 de 18 de agosto de 2003, solicita la revisión del recurso en forma excepcional, correspondiendo verificar el cumplimiento o no de los presupuestos de flexibilización establecidos por este Tribunal; en tal sentido, de la revisión del contenido del agravio planteado, se constata que el recurrente identificó correctamente el hecho motivador de su reclamo (Debido proceso), así como la restricción del derecho referido (Revalorización de la prueba por el Tribunal de alzada en contra de la única instancia), consistiendo el resultado dañoso, a decir del imputado, en el rechazo de sus tres reclamos planteados en apelación restringida, por medio de la nueva asignación de valor probatorio a la carta suscrita por la víctima hacia su padre. En consecuencia, cumplidos como fueron los requisitos para el análisis de fondo en esta vía, se determina aperturar la competencia de este Tribunal en forma extraordinaria para conocer el fondo del recurso y, luego de verificar los extremos señalados, resolver conforme a derecho. Se aclara que la verificación señalada se circunscribirá únicamente a la prueba identificada por el recurrente, en este caso, la carta suscrita por la víctima