b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado, interpuso el recurso de apelación restringida (fs
b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado, interpuso el recurso de apelación restringida (fs. 42 a 54 vta.) que fue declarado improcedente mediante Auto de Vista 16/2013 de 22 de julio, dicha Resolución fue dejada sin efecto por Auto Supremo 287/2013 de 8 de octubre, en la que la Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia, dispuso que la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, pronuncie nueva resolución que contenga una adecuada motivación y se pronuncie sobre todos los puntos denunciados en el recurso de apelación restringida
- Por memorial presentado el 3 de junio de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado, interpuso el recurso de apelación restringida (fs
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes se concluye que el procesado Emigdio Huarachi Mamani - notificado
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- En cumplimiento del segundo párrafo de la mencionada norma procesal penal, por Secretaría de Sala
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
