El art
Concluyó solicitando se admita el recurso; se deje sin efecto el Auto de Vista recurrido y se ordene la emisión de una nueva Resolución conforme la doctrina legal aplicable y/o que deliberando en el fondo se revoque el Auto de Vista disponiéndose con lugar a los agravios recurridos, o en su defecto, se determine la nulidad del proceso y juicio ordenándose la reposición del mismo ante otro Tribunal.
III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana de Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP
- Por memorial presentado el 9 de junio 2014, cursante de fs
- De la revisión de antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De esta forma, acusó que se omitió analizar la siguiente normativa: arts
- Invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 512 de 11 de octubre de 2007, 5
- Manifiesta vulneración a la seguridad jurídica invocando al respecto las SSCC 0742/2010-RA de 26 de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- Denuncia respecto a la valoración de la prueba
- En el caso de autos, el recurso de casación fue interpuesto dentro del plazo previsto
- Con relación a la invocación de las SSCC 742/2010-R de 26 de julio, 1748/2003-R de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
